DERECHO DE LA VIDA
Es el derecho que se reconoce a cualquier persona por el simple hecho de estar viva, y que le protege de la privacidad u otras formas graves de atentado contra su vida por parte de otras personas o instituciones, sean estas gubernamentales o no. Es posible llevar a cabo una fundamentalmente del derecho a la vida desde diversos enfoques (filosóficos, antropológicos, sociológicos, éticos, biológicos, etc.); desde el punto de vista jurídico, se trata de un derecho fundamental: el primero de todos, al considerar al titular como generador de cualquier otro derecho posible.
TRATADOS INTERNACIONALES
Está reconocido en numerosos tratados internacionales: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño, el Pacto de San José de Costa Rica, la Convención para la Sanción del Delito de Genocidio, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, y la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas y Degradantes.
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PENA DE MUERTE
Su origen desde el punto de vista del Derecho positivo tuvo lugar en Roma, donde el primer delito castigado con la pena de muerte fue el perduellio, traición a la patria. Más tarde se aplicó también a otros delitos, siendo esta la pena imperante. Un tiempo después y aunque sin ser abolida cayó en desuso, restableciéndose posteriormente con los emperadores.
Algunas formas de ejecución son la lapidación, la rueda, la hoguera, la horca, el garrote vil, la silla eléctrica, la inyección letal (utilizada actualmente en EE.UU y China.), la Cámara de gas o la guillotina (usada durante la Revolución Francesa).
SITUACIÓN DE CONFLICTO ARMADO
El derecho internacional no prohíbe todos los tipos de violencia y guerra. El derecho a la vida en dichas situaciones no es absoluto. El derecho internacional humanitario busca imponer restricciones en la manera en que la violencia puede ser usada en tiempos de conflicto. Ciertas categorías de personas, civiles o combatientes que han dejado las armas o estén heridos, se consideran protegidos. El derecho a la vida en estas categorías es sostenido y puede ser violado por ejemplo, con bombardeos indiscriminados, o la ejecución deliberada, o negando el acceso a la comida, agua o medicinas.
DERECHO DE NO EXPULSIÓN O DEVOLUCIÓN
El derecho de las personas a no ser regresados por la fuerza a países donde sus vidas puedan estar en peligro está protegido en ciertas situaciones, este derecho también es conocido como el derecho de no-expulsión o devolución
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DERECHO ALA SUPERVIVENCIA
Cuando hablamos de niños, el derecho a la vida con frecuencia significa el derecho a la supervivencia. Las leyes de los derechos humanos prohíben la aplicación de la pena de muerte en niños. Sin embargo, los tratados de derechos infantiles imponen a los países la obligación de cumplir con las necesidades básicas del niño en términos de nutrición, salud, comida, refugio, etc., para permitir la supervivencia del niño.
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